Respetemos las reglas de transito!

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3. GRADO: Quinto, básica primaria.

4.ÁREA: Ciencias Sociales.

5. TIEMPO:
 2 horas diarias.

6. HERRAMIENTAS DEL DOCENTE: vídeos, libros, revistas, Internet, computadores.

7. PREGUNTA GENERADORA: ¿Cree que las normas del peatón se hacen cumplir en Colombia?

8. LOGRO PARA EL ESTUDIANTE: Profundizar los conocimientos acerca de las normas del peatón, para así innovar a los estudiantes a hacerlas cumplir.

9. PALABRAS CLAVE:

-Peatón: Persona que va a pie por una vía pública.

-Vía: Camino por donde transitan automóviles, bicicletas, camiones, etc. 

-Seguridad: Sensación de total confianza que se tiene en algo o alguien.

-Norma: Es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades.

-Eslabón: Elemento que sirve de enlace y relación en una serie de cosas.

-Conductor: Conduce un automóvil, en especial si se dedica a ello profesionalmente.

-Señal de transito: Son los signos usados en la vía pública para la información necesaria a los usuarios que transitan por un camino o carretera.

-Ley: Regla o norma establecida por una autoridad superior para regular, de acuerdo con la justicia, algún aspecto de las relaciones sociales.





    
¿Por dónde circular?

Según el Código Nacional de Tránsito colombiano “el tránsito de peatones por las vías públicas se debe hacer  por fuera de las zonas destinadas al tránsito de vehículos. 

Cuando un peatón requiera cruzar una vía vehicular, lo hará respetando las señales de tránsito y cerciorándose de que no existe peligro para cruzar”. 

Dentro del perímetro urbano, el cruce de peatones debe hacerse sólo por las zonas autorizadas por la ley como los puentes peatonales, los pasos peatonales y las bocacalles.

Prohibiciones

Los peatones también tienen prohibiciones que deben cumplir.  Según el Código de Tránsito, estas son:

Ø Invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, y no transitar en ésta en patines, monopatines, patinetas o similares. 
ØLlevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito.
ØCruzar por sitios no permitidos o transitar sobre la vía  del ferrocarril. 
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Colocarse delante o detrás de un vehículo que tenga el motor encendido: 

Ø Remolcarse de vehículos en movimiento.
Ø Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física.
ØCruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales.
ØOcupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, la cual se establece a una distancia no menor de doce (12) metros a lado y lado del eje de la vía férrea.
Ø Subirse o bajarse de los vehículos, estando éstos en movimiento, cualquiera que sea la operación o maniobra que estén realizando.
Ø Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas.

Peatones especiales
Los peatones que se enuncian a continuación deberán ser acompañados, al cruzar las vías, por personas mayores de dieciséis años:
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ØLas personas que padezcan de trastornos mentales permanentes o transitorios.
ØLas personas que se encuentren bajo el influjo de alcohol, drogas alucinógenas y de medicamentos o sustancias que disminuyan sus reflejos.
ØLos invidentes, los sordomudos, salvo que su capacitación o entrenamiento o la utilización de ayudas o aparatos ortopédicos los habiliten para cruzar las vías por sí mismos.
Ø Los menores de seis (6) años.
Ø Los ancianos.








1. El peatón tiene derecho a vivir en un entorno sano y a disfrutar libremente de  los espacios públicos en condiciones que garanticen adecuadamente su bienestar físico y psicológico.

2. El peatón tiene derecho a vivir en lugares (urbanos o rurales) pensados para las necesidades de las personas y no para las de los vehículos, y a disponer de dotaciones a distancias que pueda  recorrer andando o en bicicleta.
3. Los niños, las personas mayores y los discapacitados tienen derecho a que las poblaciones sean lugares que faciliten el contacto social y no lugares que agraven su propia situación de debilidad.

4. Las personas con discapacidades tienen derecho a medidas específicas que mejoren su movilidad autónoma, como reformas en los espacios públicos, los sistemas de transporte y el transporte público (líneas guía, señales de advertencia, señales acústicas, autobuses y vagones de tren o tranvía accesibles).

5. El peatón tiene derecho a que ciertas zonas urbanas sean para su uso exclusivo, lo más extensas posible, y que no sean simples, recintos peatonales sino, que estén en relación con la organización general de la ciudad, y también el derecho a que conecten itinerarios cortos, lógicos y seguros.

6. El peatón tiene el derecho a reclamar, en particular: 

a. Que se tengan en cuenta los límites en cuanto a emisiones de sustancias y ruido que se consideran científicamente tolerables. 
b. El uso en todos los medios de transporte público de vehículos que no sean una fuente de contaminación aérea o acústica. 
c. La creación de pulmones verdes que incluyan la plantación de árboles en áreas urbanas. 
d. Que se fijen límites de velocidad y que se modifique la disposición de carreteras y cruces como forma de garantizar la seguridad de la circulación a pie o en bicicleta. 
e. La retirada de anuncios que animen al uso peligroso e inadecuado de los vehículos de motor. 
f. Un sistema de señalización de tráfico eficaz cuyo diseño tenga en cuenta las necesidades de las personas ciegas y las sordas. 
g. La adopción de medidas específicas que aseguren que tanto el tráfico rodado como el peatonal tengan facilidad de acceso y libertad de movimientos así como la posibilidad de pararse en las aceras y las calzadas respectivamente. 
h. Ajustes en la distribución y el diseño de los vehículos de motor para dotarles de unas líneas más suaves en las partes que más sobresalen, y hacer más eficientes los sistemas de señalización. 
i. La introducción de un sistema de responsabilidad ante el riesgo, de modo que la persona que crea el peligro carga con las consecuencias económicas derivadas (como en Francia desde 1985). 
j. Un programa de formación para conductores diseñado para animar a una conducción apropiada que respete a los peatones y a los usuarios lentos de las carreteras. 
7. El peatón tiene derecho a movilidad total y sin impedimentos, que puede conseguirse mediante el uso integrado de medios de transporte. En particular tiene el derecho a exigir: 
a. Un servicio de transporte público ecológicamente sensato, extenso y bien equipado que deberá cubrir las necesidades de todos los ciudadanos, los sanos y los discapacitados. 
b. La provisión de facilidades para bicicletas en todas las áreas urbanas. 
c. Zonas de aparcamiento situadas de tal forma que no afecten a la movilidad de los peatones ni a la capacidad de disfrutar de áreas de arquitectura notable.

8. Cada estado miembro debe garantizar la difusión de información extensa sobre los derechos de los peatones y sobre medios de transporte alternativos y no contaminantes, a través de los canales más idóneos y de los primeros niveles de enseñanza. 


Podrás encontrar más información. CLICK






ØCruzar por las esquinas, pasos peatonales y bocacalles.
ØTransitar por las aceras conservando el lado derecho.
Ø  Utilizar los puentes peatonales.                                    
Ø  Esperar el cambio de fase del semáforo peatonal. 

Ø No invadir la calzada con monopatín, patinetas ó patines. 
Ø No transitar por las vías férreas ó por los túneles vehiculares.
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Ø  Mirar en todas las direcciones antes de cruzar la vía. 
Ø No desplazarse entre vehículos, cuando está el semáforo en rojo.
 Ø Cruzar la vía caminando, nunca corriendo.
Ø  No jugar en las vías públicas. 
Ø  En caso de lluvia, no cubrirse con objetos que le impidan la visibilidad al caminar.

Ø No obstaculizar el tránsito de los vehículos por las calles, entre otros.








Los peatones son los usuarios viales más vulnerables y, de hecho, son el segundo grupo en índice de siniestralidad de nuestro país.
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Ø Alcohol y drogas
Con la reforma en la mano los peatones ahora están obligados a someterse a un control de alcohol o drogas siempre que estén implicados en un accidente o de que haya cometido una infracción.
Ø Cruzar sólo con el semáforo en verde
Lo tiene claro hasta un niño de primaria, pero a los viandantes adultos parece que les cuesta. Nunca se debe cruzar un semáforo cuando está en rojo para los peatones y, de parpadear en verde deberá hacerse rápidamente y siempre mirando. Si prevés que no te va a dar tiempo, deberás esperar a que se abra de nuevo.

Ø ¿Por dónde deben ir los peatones?

Siempre por la acera o zona peatonal designada para ello. Sólo si el paso es impracticable, es cuando se puede ir por el arcén o, de no haber, por la calzada. Además, existen algunas excepciones: si se lleva un objeto voluminoso que puede inferir en el resto de los peatones o si se empuja un pequeño vehículo no propulsado por motor. De igual manera, aquellos que vayan en grupo podrán andar por la calzada en algunos casos.
Ø Autovías: totalmente prohibido
Un peatón jamás puede circular por la autovía a menos que sufra una avería o una emergencia. En ese caso concreto, en el momento que salga del coche, debe llevar un chaleco reflectante, siendo recomendable que lo utilicen también el resto de ocupantes del vehículo.
Ø Pasos de nivel: extrema la precaución
Los peatones deben poner especial atención en este tipo de cruces: deben detenerse siempre en la zona peatonal hasta que se les abra el paso. Una vez está la barrera abierta, hay que cruzar rápidamente y siempre estando seguros de que no hay peligro.
Ø Agentes: su palabra va a misa
Al igual que ocurre con los conductores, los peatones deben cumplir de forma rigurosa las indicaciones de un agente responsable del tráfico. El cual, dicho sea de paso, debe ir correctamente identificado.


11. RECURSOS:
Se necesitan implementos como: Cuadernos, libros, lapices, colores, actividades didácticas, vídeos, juegos.


12. METODOLOGÍA:

Iniciación:

1.  Saludo cordialmente hacia los estudiantes
2.  Presentación respetuosamente dando la bienvenida
3.  Actividad lúdica acerca del tema

Desarrollo:

1.  Presentación de los temas: Normas del peatón
2.  Introducción de la temática
3.  Explicación puntual acerca de cada norma del peatón
4.  Vídeo relacionado con la temática a tratar
5.  Socialización de acuerdo a lo explicado
6.  Preguntas, dudas y comentarios
7.  Repaso de la temática
8.  Aplicación de la actividad

Finalización:

1.  Conclusiones
2.  Valorización de lo aprendido
3.  Agradecimiento y despedida


13. COMPETENCIAS:
- El estudiante entiende los beneficios que trae las normas del peatón en general.
- El estudiante conoce acerca de la importancia de las normas del peatón en la vía.
- El estudiante conoce los deberes y derechos del peatón.
- El estudiante indaga acerca de las diferentes prohibiciones del peatón.
- El estudiante comprende la importancia de cumplir las normas del peatón.

14. CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

     PUNTO DEL TALLER
CRITERIO
ALTO
MEDIO
BAJO



1

El
   Estudiante comprende la importancia de las normas  del peatón en la vida cotidiana.


Nota: 5.0 – 4.0
    El estudiante pone en uso las normas del peatón pero no comprende sus beneficios.



Nota: 3.9 – 3.0
    Al estudiante se le dificulta poner en uso las normas del peatón y comprender los beneficios del mismo.

Nota: 2.9 – 1.0




2
    El estudiante conoce    debidamente las normas del peatón.



Nota: 5.0 – 4.0
  El estudiante conoce algunos aspectos enseñados acerca de las normas del peatón.

Nota: 3.9 – 3.0

     El estudiante conoce poco o nada acerca de las normas del peatón.


Nota: 2.9 – 1.0
     
3
    El estudiante pone en práctica correctamente las normas del peatón.



Nota: 5.0 – 4.0
El estudiante practica de vez en cuando las normas del peatón.


Nota: 3.9 – 3.0
    El estudiante emplea incorrectamente las normas del peatón que se necesitan para la vida cotidiana.

Nota: 2.9 – 1.0

15. CIBERGRAFIA:

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